La Guardia Nacional amplió oficialmente sus atribuciones en México y ahora podrá desempeñar funciones de tránsito en carreteras y puentes de jurisdicción federal. La medida quedó establecida tras la publicación de una reforma al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal en el Diario Oficial de la Federación (DOF), decreto que entró en vigor el 26 de mayo de 2026.
Con esta modificación legal, la corporación adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana tendrá facultades para aplicar y vigilar el cumplimiento del reglamento vial en carreteras federales. Entre las nuevas atribuciones destacan la posibilidad de levantar infracciones, dirigir el tránsito, inspeccionar vehículos y emitir dictámenes técnicos en accidentes carreteros.

El nuevo decreto también establece que las indicaciones realizadas por integrantes de la Guardia Nacional tendrán prioridad cuando estén realizando labores relacionadas con control vial y vigilancia en vías federales. Además, los agentes podrán revisar vehículos de carga y transporte, incluyendo sistemas de frenado, luces y la documentación obligatoria.
La Guardia Nacional solo tendrá esta autoridad en las carreteras del país
Otro de los puntos relevantes es que la Guardia Nacional podrá sancionar a conductores que desacaten instrucciones oficiales o incurran en faltas relacionadas con el Reglamento de Tránsito federal. Algunas publicaciones incluso señalan que los elementos tendrán facultad para aplicar pruebas de alcoholemia y presentar ante el Ministerio Público a personas que agredan o amenacen a las autoridades durante operativos carreteros.
Pese a las nuevas atribuciones, el decreto aclara que estas funciones únicamente aplican en carreteras y puentes de jurisdicción federal. Es decir, la Guardia Nacional no asumirá funciones de tránsito en calles municipales o avenidas estatales, al menos por ahora.