El gobierno capitalino ha establecido que todos los vehículos motorizados eléctricos de uso personal, como scooters y bicicletas eléctricas, deberán contar con placas de manera obligatoria para circular legalmente. Esta medida busca regular el creciente flujo de unidades que, por su peso y velocidad, ya no pueden ser consideradas simples juguetes o vehículos recreativos.
La Secretaría de Seguridad Ciudadana comenzará a aplicar sanciones estrictas a partir del 1 de septiembre de este año. Los conductores que no porten sus placas o la licencia correspondiente enfrentarán multas, especialmente si sus unidades superan los 25 km/h o los 35 kilos de peso. Es fundamental entender que la licencia permanente expedida recientemente en 2025 no faculta a los usuarios para conducir estos vehículos, lo que obliga a muchos a realizar trámites adicionales para evitar castigos de las autoridades viales.

Las licencias Tipo A1 y A2 se vuelven el requisito indispensable según el tipo de transporte utilizado. Los patines eléctricos requerirán específicamente la licencia Tipo A1, con un costo de 495 pesos, la cual también cubre motocicletas y vehículos motorizados personales. Por otro lado, las bicimotos eléctricas exigirán la licencia Tipo A2, que tiene un precio de 989 pesos y ofrece el beneficio de permitir también la conducción de automóviles. Un dato curioso es que los poseedores de licencias permanentes antiguas (expedidas entre 2003 y 2017) sí podrán circular en estas unidades sin necesidad de un trámite extra, a diferencia de quienes tienen las licencias permanentes nuevas.
El reglamento de tránsito también define zonas específicas de circulación según el tipo de unidad eléctrica. Los scooters o patines eléctricos podrán utilizar vialidades secundarias y ciclovías, mientras que las bicicletas eléctricas tendrán acceso a vías primarias circulando exclusivamente por el carril derecho. Por su parte, las motocicletas eléctricas deberán apegarse a las mismas normativas que las motos de combustión en avenidas principales.
