El gobierno de Claudia Sheinbaum dio un paso decisivo hacia el endurecimiento de la regulación en el transporte y distribución del gas licuado de petróleo (LP). Este 2 de octubre de 2025, la Secretaría de Energía (Sener) anunció dos normas de emergencia que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de fortalecer la seguridad tras la explosión de una pipa en la Ciudad de México que dejó 31 muertos.
Las nuevas normas ahora se dividirán en dos instrumentos normativos separados: uno para transporte, desde refinerías o puntos de importación hasta plantas o terminales; y otro para distribución, es decir, para la “última milla” hacia usuarios finales.
Entre los principales cambios se encuentran:
- Dictamen anual de mantenimiento: las unidades vehiculares que transportan y distribuyen gas LP deberán demostrar, ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), que cumplen un programa de mantenimiento preventivo obligatorio.
- Inspecciones internas y pruebas hidrostáticas: se añade la obligatoriedad de inspecciones visuales internas y pruebas periódicas de presión hidrostática en recipientes y elementos de seguridad. Hasta ahora, solo se exigían inspecciones externas y pruebas de fugas, reservando las hidrostáticas solo para casos con daño detectado.
- Certificación de conductores: los choferes deberán acreditar una capacitación teórico-práctica específica para el manejo de gas LP, reconocida por el organismo CONOCER. La normativa anterior solo requería programas internos de capacitación sin estandarización formal.
- Tecnología y monitoreo: las empresas estarán obligadas a instalar controles de velocidad, sistemas GPS en todas las unidades y a transmitir esa información conforme a las reglas de la Comisión Nacional de Energía (CNE).
Las empresas se enfrentarán a revisiones periódicas
Los plazos para cumplir con las nuevas disposiciones serán escalonados: las unidades de transporte tendrán cuatro meses desde la entrada en vigor; en cuanto a distribución, aquellas unidades mayores a 5,000 litros o con antigüedad de 10 años o más también dispondrán de cuatro meses; el resto contará con seis meses.
Para reforzar la vigilancia, se realizarán inspecciones conjuntas entre la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), la CNE y la ASEA. Estas revisiones abarcarán plantas, terminales de distribución y unidades vehiculares, verificando condiciones físico-mecánicas, seguridad de los recipientes, permisos vigentes y registro en el padrón vehicular.